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Cómo Solicitar el Bono Térmico Gas: Ayuda para Calefacción en 2026

18 min de lectura Guía extensa

Escrito por el Equipo editorial de EnergíaBarata — Contenido divulgativo sobre energía y ahorro en el hogar, elaborado a partir de fuentes oficiales.

EnergiaBarata INFOGRAFIA Bono térmico de gas: la ayuda a la calefacción Qué se solicita de verdad y ante quién PUNTOS CLAVE 1 Respuesta rápida: no se solicita, se concede de oficio 2 Qué es el bono social térmico y quién lo paga 3 Quién es beneficiario: los grados de vulnerabilidad 4 La comercializadora de referencia y el bono eléctrico 5 Documentación habitual y zona climática 6 Si no te llega, fraudes y a quién acudir EnergiaBarata - Actualizado 2026-08-04
Infografia: resumen visual del articulo

Respuesta directa

El bono social térmico no se solicita. Se concede de oficio a las personas que ya son beneficiarias del bono social eléctrico en la fecha de referencia que fija cada convocatoria. Lo que sí tienes que pedir es el bono social eléctrico, y se pide a tu comercializadora de referencia (COR), no a la Seguridad Social, no al SEPE y no a un formulario ministerial. El térmico es un pago único anual, financiado con los Presupuestos Generales del Estado, que gestionan y abonan las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, en coordinación con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Aviso importante. Esta guía es divulgativa. Los requisitos, los plazos, la fecha de referencia y las cuantías cambian por convocatoria y por comunidad autónoma. Antes de tomar cualquier decisión económica o de dar por hecho que vas a cobrar, verifica la información en la fuente oficial: la resolución publicada por tu comunidad autónoma, la información del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Nadie puede garantizarte la concesión de una ayuda, y nosotros tampoco lo hacemos. Si tu situación es urgente, acude a los servicios sociales de tu ayuntamiento.

Respuesta rápida en siete puntos

  • El bono social térmico se concede de oficio. No hay que rellenar un formulario para pedirlo: la administración cruza el listado de beneficiarios del bono social eléctrico y paga.
  • La puerta de entrada es el bono social eléctrico. Si no lo tienes, no cobras el térmico. Y el eléctrico sí se solicita, ante tu comercializadora de referencia.
  • No es un bono del gas. Se llama térmico porque cubre gastos de calefacción, agua caliente y cocina con cualquier combustible: gas natural, butano, propano, gasóleo, electricidad o biomasa.
  • Es un pago único anual, no un descuento mensual en la factura. Ese es el otro gran malentendido.
  • Lo pagan las comunidades autónomas. Cada una tiene su calendario y su sede electrónica, así que la experiencia no es igual en Galicia que en Murcia.
  • La cuantía varía según el grado de vulnerabilidad reconocido y la zona climática de la vivienda. No te fíes de ninguna web que te dé una cifra cerrada: cambia por convocatoria.
  • Tramitarlo es gratis. Si alguien te pide dinero por gestionar el bono social, o te llama pidiendo claves bancarias, estás delante de un fraude.

Qué es el bono social térmico (y por qué "bono térmico de gas" es un nombre que despista)

El bono social térmico es una ayuda pública dirigida a hogares en situación de vulnerabilidad para aliviar el coste de la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria y cocina. Nació como complemento del bono social eléctrico, que solo actuaba sobre la factura de la luz y dejaba fuera a millones de hogares que se calientan con butano, propano, gasóleo o gas natural. La lógica del legislador fue sencilla: si una familia ya ha demostrado ante la administración que es vulnerable para el suministro eléctrico, no tiene sentido obligarla a repetir todo el papeleo para recibir una ayuda a la calefacción.

De ahí sale la característica que define a esta ayuda y que casi ninguna guía explica bien: es una ayuda derivada. No vive por su cuenta. Su lista de beneficiarios se construye a partir de otra lista que ya existe. Si tu nombre está en la del bono social eléctrico en el momento en que se hace la foto, entras. Si no está, no entras, por muy vulnerable que sea tu situación y por mucho que gastes en calefactar la casa.

La expresión "bono térmico de gas" es la que mucha gente escribe en el buscador porque asocia calefacción con gas, y porque las facturas de gas de invierno son el disparador típico de la búsqueda. Pero conviene tenerlo claro desde el principio: no existe un bono térmico específico del gas. La ayuda es la misma para quien tiene caldera de gas natural, para quien sube bombonas de butano por la escalera y para quien se calienta con radiadores eléctricos. Lo que cambia no es tu combustible, sino tu grado de vulnerabilidad reconocido y dónde está tu vivienda.

Si te quedas con una sola idea de todo este artículo, que sea esta: el bono social térmico no se pide, se hereda del bono social eléctrico. Todo el esfuerzo hay que ponerlo en conseguir y mantener el eléctrico.

De dónde sale el dinero y quién lo gestiona

El bono social térmico se financia con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Esa es una diferencia de fondo con el bono social eléctrico, cuyo coste se reparte entre las empresas del sector eléctrico. Que salga de los presupuestos tiene una consecuencia práctica que conviene entender: el importe global disponible cada año depende de una decisión presupuestaria, y el reparto entre comunidades autónomas se hace con criterios fijados en la normativa.

El Estado transfiere los fondos a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, que son quienes gestionan la ayuda y la abonan a los hogares. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico coordina el proceso y facilita la información de beneficiarios. Ninguna de esas piezas es la Seguridad Social, y merece la pena insistir porque es el error más repetido en internet y en las conversaciones de barrio.

Esto también explica por qué la experiencia de dos vecinos de provincias distintas puede ser tan diferente. Una comunidad puede publicar un listado provisional, abrir un trámite de alegaciones y pagar en una fecha; otra puede resolver sin publicación previa y pagar meses después. La ayuda es estatal en su origen, pero el trámite que vas a vivir es autonómico.

Pago único y anual: qué significa en la práctica

El bono social térmico se abona una vez al año, de golpe. No aparece como descuento en la factura del gas ni como línea en el recibo de la luz. Llega como un ingreso, normalmente por transferencia a la cuenta bancaria asociada al suministro o a la que la comunidad tenga registrada, aunque el canal concreto lo define cada administración autonómica.

Para una economía doméstica ajustada, esta diferencia importa mucho. Un descuento mensual alivia cada recibo; un pago único llega cuando llega y hay que decidir en qué se usa. Si tu problema es que no puedes pagar la factura de este mes, el bono térmico no es la herramienta: lo que te sirve es el descuento del bono social eléctrico, la protección frente al corte de suministro que lleva asociada y, si la situación aprieta, la intervención de los servicios sociales.

Cubre la calefacción, no una factura de gas concreta

No te van a pedir facturas de gas para calcular el importe, ni tienes que justificar en qué has gastado el dinero. Al ser una ayuda de pago único vinculada a tu condición de beneficiario, no funciona como un reembolso de gastos. Esto sorprende a mucha gente que acumula recibos del invierno esperando presentarlos en algún sitio. No hay dónde presentarlos.

Si estás revisando tu gasto en gas, te puede servir nuestra guía sobre cómo leer la factura de gas natural y la comparativa de precio del gas propano y butano en bombona.

La confusión que hace perder la ayuda: el térmico no se solicita

Esta página, en su versión anterior, explicaba cómo entrar en "la web del Ministerio de Energía", rellenar un formulario de solicitud y adjuntar facturas de gas antes de una fecha límite. Nada de eso existe, y lo hemos corregido. Circula además una variante todavía más dañina: guías que mandan al lector a pedir cita en la Seguridad Social para tramitar el bono térmico. La Seguridad Social no tiene competencia alguna sobre esta ayuda. Ir allí supone perder una mañana, salir con la sensación de que "no te han querido atender" y, lo peor, no haber hecho lo único que sí funciona.

El daño real de esta confusión no es el paseo perdido. Es que la persona cree que ya ha solicitado la ayuda y se queda esperando. Como el térmico se concede de oficio, quien no aparece en la lista simplemente no recibe nada, sin carta de denegación que le avise del error. Pasa un año entero antes de que se dé cuenta.

Qué se solicita de verdad: el bono social eléctrico

El bono social eléctrico es un descuento sobre el término de energía y el término de potencia de la factura de la luz, reservado a consumidores domésticos reconocidos como vulnerables. Se pide a la comercializadora de referencia, se acredita con documentación de renta y de composición del hogar, y tiene una vigencia limitada que hay que renovar. Su porcentaje de descuento y los umbrales de renta se han modificado varias veces en los últimos años, así que no vas a encontrar aquí un porcentaje: lo consultas en la información oficial vigente de la CNMC o del Ministerio.

Además del descuento, el bono social eléctrico trae consigo una protección que suele pasar desapercibida y que vale más que el propio ahorro: amplía los plazos antes de que puedan cortarte la luz por impago, y en los grados más severos de vulnerabilidad, cuando intervienen los servicios sociales, la protección frente al corte es todavía mayor. Para un hogar con menores o personas dependientes a cargo, eso es lo verdaderamente decisivo.

Tabla comparativa: bono social térmico frente a bono social eléctrico

AspectoBono social eléctricoBono social térmico
¿Hay que solicitarlo?Sí, por la persona titularNo, se concede de oficio
¿Ante quién se tramita?Comercializadora de referencia (COR)No se tramita; lo gestiona tu comunidad autónoma
Forma de la ayudaDescuento en la factura de la luzPago único anual
Energía a la que se aplicaSolo electricidadCalefacción, agua caliente y cocina, con cualquier combustible
Quién lo financiaEmpresas del sector eléctrico, según la normativaPresupuestos Generales del Estado
Quién lo paga materialmenteSe aplica en tu facturaLa comunidad autónoma o la ciudad autónoma
¿Depende del otro?No, es autónomoSí, deriva de ser beneficiario del eléctrico
¿Influye la zona climática?NoSí, junto con el grado de vulnerabilidad
Protección frente al corteSí, con plazos ampliadosNo aporta protección adicional por sí mismo

Por qué tanta gente se pierde en este punto

Hay tres motivos que se repiten en cuanto hablas con quien lo ha intentado. El primero es el nombre: "bono térmico" suena a trámite propio, con su ventanilla y su plazo. El segundo es que muchas comunidades publican notas informativas sobre el pago, y esas notas se interpretan como convocatorias abiertas a solicitud. El tercero es que el buscador está lleno de páginas que inventan formularios, plazos y cuantías porque generan tráfico, y no distinguen entre las dos ayudas.

Cuando una web te da una cifra exacta en euros del bono térmico y una fecha límite para solicitarlo, tienes dos señales de que no está leyendo la normativa. Ninguna de las dos cosas funciona así.

Quién es beneficiario y por qué se concede de oficio

Beneficiario del bono social térmico es, en términos generales, quien consta como beneficiario del bono social eléctrico en la fecha de referencia que fija la convocatoria de ese año. Esa fecha es una foto fija. Da igual que pidieras el bono social eléctrico una semana después: si el día de la foto no estabas, ese año no cobras el térmico, aunque sí empieces a disfrutar del descuento en la luz.

Ese detalle, que parece burocrático, es el que más disgustos provoca. Por eso la recomendación práctica es siempre la misma: no dejes la solicitud del bono social eléctrico para el invierno. Si crees que reúnes las condiciones, tramítalo cuanto antes y mantenlo vivo con las renovaciones. La ayuda térmica llegará sola después.

Los grados de vulnerabilidad reconocidos

La normativa distingue varias categorías, y no son etiquetas decorativas: determinan el descuento eléctrico, la protección frente al corte de suministro y también el peso que tienes en el reparto del térmico.

  • Consumidor vulnerable. Es el escalón general. Se accede por umbral de renta de la unidad familiar o por pertenecer a determinados colectivos protegidos, en los términos que fije la norma vigente.
  • Consumidor vulnerable severo. Mismo esquema, con un umbral de renta más bajo. Lleva aparejado un descuento mayor en la factura eléctrica y una protección reforzada.
  • Consumidor en riesgo de exclusión social. Es la situación de quien, siendo vulnerable severo, está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que asume una parte de la factura. Aquí la protección frente al corte de suministro es la máxima que contempla la norma.

La clasificación no la eliges tú: se deduce de los datos que aportas y de los que la administración comprueba. Si tu situación cambia a peor durante el año, tiene sentido revisar si te corresponde un escalón distinto.

Umbrales de renta: cómo se calculan sin inventar cifras

Los límites de renta del bono social eléctrico no se fijan en una cantidad redonda de euros que puedas memorizar. Se calculan como múltiplos del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de catorce pagas, aplicados a la renta conjunta de la unidad familiar. Como el IPREM se actualiza y los multiplicadores se han retocado en distintas reformas, cualquier tabla de euros que encuentres envejece en meses. Por eso aquí no te damos una: consulta el umbral vigente en la información oficial antes de descartarte.

Sí conviene que sepas cómo funciona el mecanismo, porque hay hogares que se autoexcluyen por error:

  • El cálculo se hace sobre la renta de la unidad familiar, no solo sobre la de quien firma el contrato de luz.
  • Los umbrales se elevan cuando concurren determinadas circunstancias de especial protección, como la presencia de menores en el hogar, la discapacidad reconocida en determinado grado, la condición de familia monoparental, la situación de víctima de violencia de género o de terrorismo, o la dependencia reconocida. Es decir, con esas circunstancias puedes entrar con más ingresos de los que creías.
  • Existen vías de acceso al margen del umbral de renta para ciertos colectivos, como los titulares de familia numerosa o los hogares en los que todos los miembros con ingresos perciben pensiones mínimas, en los términos que establezca la norma aplicable.

Mucha gente no pide el bono social porque "gana demasiado". Antes de darlo por perdido, comprueba si alguna circunstancia de tu hogar eleva el umbral. Es gratis comprobarlo y la solicitud tampoco cuesta nada.

Los requisitos que se olvidan y tumban la solicitud

Además de la renta, hay condiciones estructurales del contrato que dejan fuera a mucha gente sin que lo sepa:

  • El suministro tiene que ser de la vivienda habitual. Segundas residencias, trasteros o locales quedan fuera.
  • La persona titular del contrato debe ser una persona física y, salvo excepciones previstas, la misma que solicita la ayuda. Si el contrato está a nombre de un familiar fallecido, de un expareja o del propietario del piso alquilado, hay que cambiar la titularidad antes.
  • Hay que estar acogido al precio regulado con una comercializadora de referencia. Si tu contrato está en el mercado libre, el bono no se puede aplicar hasta que cambies.
  • Existen límites de consumo anual con derecho a descuento. El descuento no se aplica sin tope: la norma fija un consumo máximo bonificable, que varía según la composición del hogar. Por encima de ese límite, la energía se paga sin bonificar.

Qué es la comercializadora de referencia (COR)

La comercializadora de referencia es una empresa designada por la normativa para asumir obligaciones que el resto de comercializadoras no tiene: aplicar el precio regulado (el PVPC, precio voluntario para el pequeño consumidor), atender los suministros de último recurso y tramitar el bono social. No son las comercializadoras del mercado libre, aunque muchas pertenezcan al mismo grupo empresarial y tengan nombres parecidos. Esa similitud de nombres es, precisamente, una fuente constante de confusión.

Mercado libre y mercado regulado: el paso previo que bloquea a mucha gente

En España conviven dos formas de contratar la luz. En el mercado libre cada empresa fija su precio y sus condiciones, y es donde acaba la mayoría de la gente tras una llamada comercial. En el mercado regulado el precio de la energía sigue una metodología oficial y solo lo ofrecen las comercializadoras de referencia. El bono social solo existe en el mercado regulado.

Si tu contrato está en el mercado libre, el orden correcto es este: primero cambias a una comercializadora de referencia con precio regulado y después solicitas el bono social. El cambio de comercializadora no implica obra, ni cortes de luz, ni cambiar el contador; es un trámite administrativo. Sí conviene revisar antes si tu contrato de mercado libre tiene permanencia o penalización por baja anticipada, porque eso sí puede costarte dinero.

Cómo saber cuál es tu comercializadora de referencia

Las comercializadoras de referencia están designadas oficialmente y su listado se publica en la información oficial del sector. La forma más segura de saber cuál te corresponde y cómo contactar con ella es consultar la relación vigente publicada por la CNMC o por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. No te fíes de listados copiados en blogs, ni de números de teléfono que aparecen en anuncios de buscador: ahí es donde se cuelan los intermediarios que cobran.

Cómo se pide el bono social eléctrico, paso a paso

Este es el trámite que sí existe y el que de verdad te interesa hacer bien. El procedimiento concreto lo define la normativa y cada comercializadora de referencia lo articula por sus propios canales, pero la secuencia es siempre la misma.

  1. Comprueba dónde está tu contrato. Mira una factura reciente: si aparece el término PVPC o precio voluntario para el pequeño consumidor, ya estás en el mercado regulado. Si no, tendrás que cambiar antes.
  2. Revisa la titularidad. El contrato debe estar a nombre de una persona física empadronada en esa vivienda. Si no lo está, ese cambio es lo primero.
  3. Identifica tu comercializadora de referencia a partir de la relación oficial vigente y localiza su canal de tramitación del bono social.
  4. Descarga el formulario oficial de solicitud que la comercializadora pone a disposición. Es un modelo normalizado, no una carta libre.
  5. Reúne la documentación de todos los miembros de la unidad familiar (más abajo tienes el detalle habitual).
  6. Firma el consentimiento para que se consulten los datos necesarios. Sin las firmas de todos los miembros mayores de edad, la solicitud se queda parada.
  7. Presenta la solicitud por el canal que indique la comercializadora y guarda el justificante. Si es telemático, guarda el correo o el número de registro; si es en papel, la copia sellada.
  8. Haz seguimiento. Si pasan semanas sin respuesta, reclama por escrito. El silencio no es una respuesta válida y necesitas trazabilidad si luego hay que reclamar.
  9. Anota la fecha de caducidad en el calendario del móvil en cuanto te lo concedan. Ese recordatorio te ahorrará el disgusto del año siguiente.

Documentación habitual

La lista exacta la marca la normativa y puede pedirse algún documento adicional según tu caso, pero este es el paquete que se solicita habitualmente. Prepararlo entero antes de empezar evita el ciclo de idas y venidas que agota a mucha gente.

DocumentoDe quiénPara qué sirve
Formulario oficial de solicitudPersona titular del contratoInicia el procedimiento y recoge las firmas
DNI o NIETodos los miembros de la unidad familiarIdentificación y comprobación de datos
Libro de familia o certificado de pareja de hechoUnidad familiarAcredita la composición del hogar
Certificado de empadronamiento colectivoTodos los convivientesAcredita que es la vivienda habitual y quién vive en ella
Consentimiento firmado de consulta de datosMiembros mayores de edadPermite verificar la renta sin aportar la declaración
Factura de electricidad recienteSuministro de la viviendaIdentifica el CUPS y la comercializadora
Documentación de la circunstancia especialQuien la tengaDiscapacidad, dependencia, monoparentalidad, familia numerosa, víctima de violencia de género o de terrorismo
Documentación de servicios socialesCasos de riesgo de exclusiónAcredita la intervención de la administración competente

Dos avisos sobre este bloque. El primero: el certificado de empadronamiento colectivo lo emite tu ayuntamiento y suele tener validez limitada, así que pídelo cuando ya tengas el resto listo. El segundo: no hacen falta facturas de gas ni de gasóleo para nada de esto. Si alguien te las pide para "tramitar el bono térmico", desconfía.

Zona climática y grado de vulnerabilidad: por qué cambia la cuantía

La cuantía del bono social térmico no es la misma para todo el mundo, y el criterio tiene su lógica: calentar una vivienda en Soria no cuesta lo mismo que en Cádiz. La normativa incorpora por eso la zona climática en la que se ubica la vivienda como factor de reparto, junto con el grado de vulnerabilidad reconocido.

Qué es exactamente una zona climática

Las zonas climáticas proceden de la clasificación técnica que se usa en la normativa de edificación española para dimensionar aislamiento e instalaciones térmicas. Se identifican con una letra que refleja la severidad climática de invierno, desde las zonas más templadas del litoral y de Canarias hasta las más frías del interior peninsular y de montaña. La asignación depende de la provincia y de la altitud del municipio, así que dos pueblos de la misma provincia pueden caer en zonas distintas si uno está en la costa y otro en la sierra.

Factor¿Influye en la cuantía del térmico?Comentario
Zona climática de la viviendaRefleja cuánta calefacción necesita un hogar en esa ubicación
Grado de vulnerabilidad reconocidoLos grados más severos reciben un tratamiento más favorable
Combustible que usas para calentarteNoGas, gasóleo, butano, electricidad o biomasa dan igual
Importe de tus facturas de gasNoNo es un reembolso de gastos ni se justifica con recibos
Número de miembros del hogarIndirectamentePesa en el acceso al bono eléctrico y en los límites de consumo
Comunidad autónomaEn la gestiónMarca el calendario, el canal y la forma de pago

No vas a encontrar en esta página una tabla de euros por zona climática. Esas cifras se fijan en la normativa aplicable a cada convocatoria y se han modificado entre ejercicios. Publicarlas como si fueran estables sería exactamente el tipo de error que ha llevado a tanta gente a esperar un ingreso que no llegaba. El dato bueno está en la resolución de tu comunidad autónoma.

Vigencia, renovación y pérdida del derecho

El bono social eléctrico no es para siempre. Tiene una vigencia determinada y, cuando se acerca el vencimiento, hay que renovarlo aportando de nuevo la documentación que acredite que sigues cumpliendo las condiciones. La comercializadora debe avisarte con antelación, pero conviene no depender de ese aviso: los avisos se pierden en el correo, cambian los teléfonos y las cartas llegan a direcciones antiguas.

La consecuencia de no renovar a tiempo es doble y encadenada. Pierdes el descuento en la factura de la luz, sí, pero además dejas de figurar como beneficiario. Si la fecha de referencia del térmico te pilla en ese hueco, pierdes también el pago único del año siguiente. Es el caso más frecuente de "yo lo cobré el año pasado y este no me ha llegado".

Cambios que debes comunicar

  • Cambio de domicilio. El bono va ligado a un suministro concreto de tu vivienda habitual.
  • Cambio en la composición del hogar. Nacimientos, fallecimientos, separaciones o alguien que se empadrona contigo alteran el cálculo.
  • Cambio de situación económica. Tanto a mejor como a peor: a peor puede darte acceso a un grado superior de protección.
  • Cambio de titularidad del contrato. Si el titular deja de ser la persona beneficiaria, el derecho decae.

Creo que tengo derecho y no me llega la ayuda: qué hacer

Este es el escenario más angustioso y el que menos guías cubren. Vas por orden, sin saltarte pasos, porque cada uno descarta una causa distinta.

  1. Verifica que el bono social eléctrico estaba activo. Llama o escribe a tu comercializadora de referencia y pide por escrito la confirmación de que eras beneficiario y desde qué fecha. Si no lo estabas, ya tienes la explicación, y la solución es solicitarlo ahora para el ejercicio siguiente.
  2. Comprueba la fecha de referencia de la convocatoria. Si tu alta fue posterior a esa foto, no entrabas ese año aunque tuvieras el bono activo cuando esperabas el ingreso.
  3. Consulta la información publicada por tu comunidad autónoma en su sede electrónica. Algunas publican listados provisionales con un plazo de alegaciones o de subsanación. Si estás en ese plazo, es el momento de actuar.
  4. Revisa los datos bancarios y el domicilio que constan asociados a tu suministro. Una cuenta cancelada o una dirección antigua bloquean pagos que sí estaban aprobados.
  5. Presenta una reclamación por escrito ante el órgano autonómico competente, con tu justificante del bono social eléctrico adjunto. Pide número de registro. Sin registro no existe.
  6. Acude a los servicios sociales de tu ayuntamiento. Conocen el circuito local, pueden intermediar y, si tu situación lo justifica, activar ayudas de emergencia que no dependen de esta convocatoria.
  7. Si el problema es con la comercializadora (no te tramitan la solicitud, te la deniegan sin motivar, te dan largas), la vía es la hoja de reclamaciones, después el organismo de consumo de tu comunidad y, en lo que corresponda al ámbito energético, los canales oficiales de reclamación del sector.

Todo lo que hagas por teléfono, hazlo también por escrito. En una reclamación de ayudas, lo que no está registrado no ocurrió. Guarda copia de cada papel que entregues.

Otras ayudas relacionadas, descritas en términos generales

Alrededor del bono social orbitan otras medidas que la gente mezcla. Las describimos en términos generales y sin cifras a propósito: sus condiciones cambian con cada norma y con cada convocatoria autonómica, y darte un número ahora sería engañarte.

Tarifas reguladas de gas natural

En gas natural existe una tarifa de último recurso (TUR), que es el equivalente regulado del PVPC eléctrico: precio fijado por metodología oficial, comercializadoras designadas y condiciones de acceso según el consumo anual del hogar. Se ha creado además una modalidad pensada para comunidades de vecinos con calefacción central de gas, cuya vigencia se ha ido prorrogando por sucesivas normas. Si vives en un edificio con caldera comunitaria, merece la pena que la comunidad compruebe si sigue en vigor y si le conviene; esa comprobación la hace el administrador con la información oficial actualizada, no con un artículo de blog.

Ayudas a la rehabilitación y la eficiencia energética

Existen programas, generalmente gestionados por las comunidades autónomas, dirigidos a mejorar la envolvente térmica del edificio (aislamiento de fachada y cubierta, sustitución de ventanas) y a renovar instalaciones de calefacción y agua caliente. También hay actuaciones a escala de edificio completo y de barrio. Sus reglas comunes suelen ser estas:

  • Se convocan por plazos y se agotan por presupuesto disponible.
  • Casi siempre exigen no haber iniciado la obra antes de solicitar la ayuda. Empezar antes es la forma más habitual de quedarse fuera.
  • Suelen pedir justificar una mejora medible en la calificación o en la demanda energética, con documentación técnica firmada.
  • El tratamiento fiscal no es homogéneo en todo el territorio: en Canarias se aplica IGIC en lugar de IVA, y los presupuestos de obra copiados de la península no reflejan esa diferencia.

Añade a eso las deducciones en el IRPF por obras que reducen la demanda o el consumo de energía en la vivienda, y las bonificaciones municipales en el IBI o en el impuesto de obras que aprueban algunos ayuntamientos. Ambas existen, ambas tienen requisitos estrictos de acreditación y ambas cambian: se consultan en la normativa vigente y, para el IRPF, con un asesor fiscal antes de contar con el dinero.

Una aclaración necesaria: el Plan MOVES III

Circula por muchas webs la idea de que el Plan MOVES III subvenciona la aerotermia, las bombas de calor o las calderas. Es falso. MOVES III es un programa de movilidad eléctrica: financia la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. No tiene nada que ver con la calefacción de tu casa. Si un instalador te presenta un presupuesto con una línea de descuento "gracias al MOVES", pídele que te señale la convocatoria concreta por escrito antes de firmar nada.

Para reducir el gasto de calefacción por la vía de la obra, te puede interesar nuestra guía sobre el mejor aislante térmico para pared interior sin obra.

Cómo detectar a quien cobra por tramitar una ayuda gratuita

Las ayudas a hogares vulnerables atraen a intermediarios. Algunos son gestorías que cobran por rellenarte un papel, lo cual es legal aunque discutible cuando el trámite es sencillo y gratuito. Otros son directamente estafadores que buscan tus datos bancarios. Las señales de alarma son bastante reconocibles.

Señales que deberían frenarte en seco

  • Te piden dinero por adelantado para "gestionar" o "acelerar" el bono social. El trámite es gratuito y lo haces tú.
  • Te llaman diciendo que eres beneficiario y necesitan "confirmar" el número completo de tu tarjeta, tus claves de banca online o un código recibido por SMS. Ninguna administración hace eso jamás.
  • Te garantizan la concesión. Nadie puede garantizar una resolución administrativa. Quien lo hace, miente.
  • Te meten prisa con un plazo que vence hoy. La urgencia artificial es la herramienta favorita del fraude.
  • Te llegan enlaces por SMS o WhatsApp a webs que imitan a una administración. Verifica siempre entrando por tu cuenta al dominio oficial, nunca desde el enlace del mensaje.
  • Te ofrecen "cambiarte de compañía para darte el bono". El bono no se consigue firmando un contrato nuevo con un comercial que llama a la puerta. Muchas de esas visitas acaban en un contrato de mercado libre que precisamente te deja sin derecho al bono.
  • Te piden que firmes en una tableta sin leer. Pide siempre copia en papel o en PDF de lo que firmas, antes de firmarlo.

Qué hacer si ya has pagado o has dado tus datos

Si has facilitado datos bancarios, llama a tu banco de inmediato y bloquea la tarjeta o la operación. Si has pagado a una supuesta gestora, reclama por escrito y guarda el justificante del pago. En ambos casos, denuncia ante la Policía Nacional o la Guardia Civil y comunícalo también a la oficina de consumo de tu comunidad. Si el fraude ha entrado por un contrato de suministro que no querías firmar, revisa los plazos de desistimiento de la contratación a distancia y a domicilio, que juegan a tu favor.

A quién acudir de verdad

Estos son los interlocutores útiles, ordenados por el tipo de problema que resuelven:

  • Servicios sociales de tu ayuntamiento. Son la primera puerta si la situación es urgente. Valoran tu caso, pueden acreditar el riesgo de exclusión social ante la comercializadora y manejan ayudas de emergencia propias.
  • Tu comercializadora de referencia. Para todo lo relativo al bono social eléctrico: solicitud, renovación, comprobación de si estabas activo en una fecha, y para la hoja de reclamaciones si no te atienden.
  • La consejería competente de tu comunidad autónoma. Para el bono social térmico: listados, alegaciones, pagos y reclamaciones.
  • Las oficinas municipales de información al consumidor (OMIC) y los organismos autonómicos de consumo. Para conflictos con la compañía, contratos firmados con engaño o cobros indebidos. Te orientan y tramitan reclamaciones sin coste.
  • Las asociaciones de personas consumidoras. Ofrecen asesoramiento y, en muchos casos, acompañamiento en la reclamación.
  • El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la CNMC. Para la información normativa de referencia y la relación oficial de comercializadoras.

Un apunte sobre canales: usa siempre las sedes electrónicas y los dominios institucionales a los que llegues por tu cuenta. En esta página no encontrarás teléfonos ni direcciones de trámite, y es deliberado: los números que circulan copiados por internet caducan, y algunos son directamente cebos.

Errores que hacen perder el bono

Recopilamos los fallos que con más frecuencia dejan a un hogar fuera. Ninguno es exótico; todos son evitables con un poco de método.

Errores de concepto

  • Buscar dónde solicitar el bono térmico. No hay dónde. El esfuerzo va al bono social eléctrico.
  • Ir a la Seguridad Social o al SEPE. No tienen competencia sobre esta ayuda. Es el error más extendido en internet.
  • Creer que es un descuento mensual en la factura del gas. Es un pago único anual.
  • Pensar que hay que tener contrato de gas. No hace falta. La ayuda es independiente del combustible.
  • Guardar facturas para justificar el gasto. No se justifica: no es un reembolso.

Errores de trámite

  • Estar en el mercado libre y no darse cuenta hasta que deniegan la solicitud del bono eléctrico.
  • Tener el contrato a nombre de otra persona, sobre todo tras una herencia, una separación o en un alquiler.
  • Presentar la solicitud sin todas las firmas de los mayores de edad del hogar. La solicitud se queda esperando y nadie te avisa.
  • Aportar un empadronamiento caducado o individual cuando piden el colectivo.
  • No quedarse con justificante de la presentación. Sin él no puedes demostrar la fecha.
  • Dejar caducar el bono social eléctrico por no renovarlo. Es la causa número uno de "este año no me ha llegado".
  • No comunicar cambios de domicilio, de cuenta bancaria o de composición del hogar.
  • Autoexcluirse por renta sin comprobar si alguna circunstancia del hogar eleva el umbral.

Por qué esta ayuda existe: pobreza energética en contexto

La pobreza energética describe la situación de un hogar que no puede mantener su vivienda a una temperatura adecuada, o que destina a la energía una parte desproporcionada de sus ingresos. En España se cruza con tres factores estructurales: un parque de vivienda antiguo y mal aislado, unos veranos e inviernos exigentes según la zona, y una parte importante de hogares con ingresos bajos e irregulares.

El bono social eléctrico y el térmico son la respuesta directa a esa fotografía, y tienen un límite evidente: alivian la factura, pero no arreglan la vivienda. Una casa con ventanas de hoja simple y sin aislamiento en cubierta seguirá siendo cara de calentar el año que viene y el siguiente. Por eso la política pública combina ayudas a la factura con programas de rehabilitación; y por eso, si estás en esta situación y tienes margen, merece la pena preguntar en tu ayuntamiento por los programas de mejora de la envolvente del edificio, aunque sean más lentos.

Una ayuda a la factura es una tirita. El aislamiento es la cura. Las dos cosas hacen falta, pero conviene no confundirlas cuando planificas el invierno.

Qué puedes hacer mientras tanto sin gastar

Sin prometerte porcentajes de ahorro que dependen de cada vivienda, hay medidas que no cuestan dinero y que cualquier técnico municipal te recomendará:

  • Sella corrientes de aire en marcos de puertas y ventanas y en la caja de la persiana, que es la fuga que más se olvida.
  • Cierra persianas y corre cortinas al anochecer: el vidrio es por donde se escapa buena parte del calor nocturno.
  • Concentra la calefacción en las estancias que usas y mantén cerradas las puertas de las que no.
  • Purga los radiadores al inicio de la temporada y no los tapes con muebles ni ropa tendida.
  • Revisa la potencia contratada de la luz: mucha gente paga por más de la que necesita, y bajarla es un trámite sin obra.
  • Ventila poco y de golpe, unos minutos, en lugar de tener una ventana entreabierta toda la mañana.

Y una advertencia de seguridad que no sobra nunca: si te calientas con butano, propano o gasóleo, revisa la instalación con un profesional habilitado, no uses aparatos sin evacuación de humos en estancias cerradas y ventila. Los intentos de ahorrar apagando la ventilación provocan intoxicaciones por monóxido de carbono todos los inviernos. Si tienes síntomas de intoxicación o sospechas de una fuga, sal de la vivienda y llama a emergencias.

Lo que nos llevamos

El bono social térmico es una buena ayuda mal explicada. La confusión no está en sus requisitos, que son razonablemente claros, sino en su nombre y en el hecho de que no se pide. Si tu hogar está en situación de vulnerabilidad, el plan de acción cabe en tres líneas: solicita el bono social eléctrico ante tu comercializadora de referencia, mantenlo vivo renovándolo a tiempo, y comprueba en la sede electrónica de tu comunidad qué ha publicado sobre el pago del térmico.

Y desconfía de cualquier página, la nuestra incluida, que te dé cifras cerradas sin remitirte a la fuente oficial. Aquí hemos preferido no darte un número antes que darte uno que caduque y te haga contar con un dinero que quizá no llegue.

Te pueden interesar también nuestras guías sobre el bono social eléctrico: requisitos y cómo solicitarlo, el bono social térmico y las ayudas a la calefacción en invierno.

Preguntas frecuentes sobre cómo solicitar el bono térmico de gas

¿Hay que solicitar el bono social térmico?

Por regla general no. El bono social térmico se concede de oficio a quienes figuran como beneficiarios del bono social eléctrico en la fecha de referencia que fija cada convocatoria. Lo que sí se solicita es el bono social eléctrico, ante la comercializadora de referencia.

¿El bono térmico se pide en la Seguridad Social?

No. No se tramita en la Seguridad Social ni en el SEPE. Se financia con los Presupuestos Generales del Estado, lo coordina el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y lo gestionan y abonan las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

¿El bono térmico es solo para hogares que se calientan con gas?

No. Es una ayuda a los gastos de calefacción, agua caliente y cocina con independencia del combustible: gas natural, butano, propano, gasóleo, electricidad o biomasa. Por eso la expresión "bono térmico de gas" despista.

¿Cuánto dinero se cobra con el bono social térmico?

La cuantía varía por convocatoria, por grado de vulnerabilidad y por la zona climática de la vivienda. No damos un importe fijo porque cambia entre ejercicios: hay que consultar la resolución publicada por tu comunidad autónoma.

¿Qué es la comercializadora de referencia y por qué importa?

Es una empresa designada por la normativa para aplicar los precios regulados y tramitar el bono social. No es cualquier comercializadora del mercado libre: si tu contrato está en el mercado libre, primero tienes que pasar al precio regulado con una comercializadora de referencia.

¿Qué documentación piden habitualmente para el bono social eléctrico?

Lo habitual es el formulario oficial firmado por la persona titular, DNI o NIE de los miembros de la unidad familiar, libro de familia o certificado de pareja de hecho, certificado de empadronamiento colectivo en la vivienda habitual y el consentimiento para consultar los datos de renta. Según tu caso pueden pedirte documentación adicional.

¿El bono social eléctrico caduca?

Sí, tiene una vigencia limitada y hay que renovarlo aportando de nuevo la documentación. Si caduca y no lo renuevas, dejas de ser beneficiario, y al perder el eléctrico pierdes también el derecho al térmico que se deriva de él.

Creo que tengo derecho y no me ha llegado el bono térmico, ¿qué hago?

Comprueba primero con tu comercializadora de referencia que el bono social eléctrico estaba activo en la fecha de referencia, revisa después lo publicado por tu comunidad autónoma en su sede electrónica, reclama por escrito con número de registro y acude a los servicios sociales de tu ayuntamiento, que conocen el circuito local.

¿Puede alguien cobrarme por tramitar el bono social?

La solicitud del bono social eléctrico es gratuita y la presenta la persona titular ante su comercializadora de referencia. Ninguna administración te llamará para pedirte el número completo de la tarjeta ni claves bancarias. Desconfía de quien cobre una comisión por una ayuda gratuita o te garantice la concesión.

¿El Plan MOVES III financia la calefacción o la aerotermia?

No. El Plan MOVES III es un programa de movilidad eléctrica dirigido a la compra de vehículos eléctricos y a puntos de recarga. No financia bombas de calor, aerotermia ni calderas. Si un presupuesto de instalación lo incluye como descuento, pide la convocatoria por escrito.

¿La zona climática cambia la cuantía del bono térmico?

Sí. La normativa tiene en cuenta la zona climática de la vivienda, porque calentar una casa en una zona fría cuesta más que en una templada. Las zonas proceden de la clasificación técnica usada en edificación y dependen de la provincia y de la altitud del municipio.

¿Puedo pedir el bono social si vivo de alquiler?

Sí, siempre que el contrato de suministro esté a tu nombre, sea tu vivienda habitual y estés empadronado en ella. Si el contrato sigue a nombre del propietario, el primer paso es cambiar la titularidad.

¿Recibir el bono térmico está garantizado si cumplo los requisitos?

No podemos garantizar ninguna concesión. Los requisitos, los plazos y las cuantías cambian por convocatoria y por comunidad autónoma, y la decisión corresponde a la administración competente. Verifica siempre en la fuente oficial antes de tomar decisiones económicas.

Cómo hemos preparado esta guía

Este artículo lo ha escrito el equipo editorial de EnergíaBarata a partir del marco normativo del bono social eléctrico y del bono social térmico y de la información publicada por las administraciones competentes. No hemos realizado encuestas, entrevistas ni casos de acompañamiento a familias, y por eso no vas a encontrar aquí testimonios con nombre y apellidos: la versión anterior de esta página incluía uno que no correspondía a ninguna experiencia real y lo hemos retirado, junto con una tabla de importes y otra de límites de renta que no procedían de ninguna fuente verificable.

Tampoco damos cifras en euros, plazos ni porcentajes de descuento. Esos datos existen, pero se fijan por convocatoria y se han modificado varias veces en los últimos años; publicarlos aquí como estables sería el mismo error que denunciamos. Para el dato concreto, las referencias son la resolución de tu comunidad autónoma, la información del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Esta guía no sustituye al asesoramiento de los servicios sociales ni al de un profesional. Si tu hogar está en riesgo de corte de suministro o no puede afrontar el invierno, la llamada más útil que puedes hacer hoy es a los servicios sociales de tu ayuntamiento.

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Escrito por Equipo EnergiaBarata

Revisado y actualizado el 2026-08-04. Contenido divulgativo elaborado a partir de normativa e información oficial; no sustituye al asesoramiento de los servicios sociales ni de un profesional.

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